Asegura ahora tu patinete o ebike swiss+go contra robos y accidentes

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Patinetes Eléctricos Bicicletas Eléctricos

BICICLETAS
ELÉCTRICOS

ESENCIAL
28€
por año
Tipo: Bicicleta Eléctrica
Marca: swiss+go
Modelo: BK-14 | BK-16
Requiere uso de casco: Si
Luces y/o efectos reflectantes: Si

Coberturas Incluidas

Responsabilidad Civil hasta 200.000,00€
Defensa del asegurado: Incluida
Protección jurídica: Incluida
Asistencia en viaje (Unión Europea)
Accidentes personales (cualquier tipo)
Muerte** hasta 6.000,00€
Invalidez hasta 12.000,00€
Gastos médicos y farmacéuticos hasta 2.000,00€
Gastos de hospitalización (limite por día, máximo 365 días) hasta 16,50€
Daños y robo hasta 600,00€
CONTRATAR
PREMIUM
65€
por año
Tipo: Bicicleta Eléctrica
Marca: swiss+go
Modelo: BK-14 | BK-16
Requiere uso de casco: Si
Luces y/o efectos reflectantes: Si

Coberturas Incluidas

Responsabilidad Civil hasta 200.000,00€
Defensa del asegurado: Incluida
Protección jurídica: Incluida
Asistencia en viaje (Unión Europea)
Accidentes personales (cualquier tipo)
Muerte** hasta 6.000,00€
Invalidez hasta 12.000,00€
Gastos médicos y farmacéuticos hasta 2.000,00€
Gastos de hospitalización (limite por día, máximo 365 días) hasta 16,50€
Daños y robo hasta 600,00€
CONTRATAR

(**) Personas NO asegurables por la cobertura de Accidentes Personales en lo que a Muerte se refiere: 
– Personas menores de 14 años y mayores de 70 años, NO están cubiertas en lo que al riesgo de Muerte se refiere, que se sustituye por Gastos de Sepelio. (3.000 Euros)

AXA SEGUROS | Bicicletas Eléctricos

¿Que se asegura?

PATINETES
ELÉCTRICOS

RESPONSABILIDAD CIVIL
25€
por año
VMP: Tipo B
Modelo: PT016 | PT017
Marca: swiss+go
Requiere uso de casco: Si
Luces y/o efectos reflectantes: Si
Responsabilidad Civil: Incluida
Defensa del asegurado: Incluida
Protección jurídica: Incluida
CONTRATAR
AXA SEGUROS | Patinetes Eléctricos

¿Que se asegura?

Preguntas Frecuentes

¿En que consiste este tipo de seguro?

Patinetes eléctricos:

Coberturas:

  • Responsabilidad Civil.
  • Defensa del asegurado.
  • Protección jurídica del patinador.

Bicicletas:

Coberturas básicas:

  • Responsabilidad Civil.
  • Asistencia en viaje.
  • Defensa del asegurado.
  • Protección jurídica del ciclista.

Coberturas opcionales:

  • Asistencia personal.
  • Accidentes personales:
  • Muerte.
  • Invalidez Permanente.
  • Gastos médicos y farmacéuticos.
  • Gastos hospitalización.
  • Accidentes personales exclusivamente de circulación con intervención de vehículos a motor.
  • Cirugía Plástica y Reparadora.
  • Daños y Robo de la Bicicleta.

Principales exclusiones aplicables a cualquier cobertura:
Daños consecuencia de:

  • Intencionalidad o mala fe del asegurado.
  • Guerra civil, huelga, motín, tumulto popular, o terrorismo.
  • Terremotos, inundaciones, y otros fenómenos extraordinarios.
  • Paralización del transporte fluvial, marítimo, ferroviario y/o aéreo, así como de sus instalaciones y servicios.
  • Eventos ocurridos fuera de la actividad del ciclismo.
  • Daños ocurridos donde no esté autorizado el uso de bicicletas así como su utilización indebida.
  • Uso lucrativo de la bicicleta en actividad comercial. 
  • Actividad profesional, pruebas deportivas oficiales ejercicio acrobático o espectáculo.
  • Incidentes cuya cobertura corresponde al “Consorcio de Compensación de Seguros”.
  • Daños objeto de cobertura por seguro obligatorio.
  • Tampoco están asegurados otros hechos específicos de cada cobertura, entre los que se destacan: 
    • En la cobertura de Responsabilidad Civil general:
      • La práctica de cualquier otro tipo de deporte y/o práctica deportiva distinta del ciclismo. 
    • En la cobertura de Asistencia en Viajes:
      • Gastos médicos, quirúrgicos y de hospitalización en
        el extranjero.
      • Rescate en mar o desierto.
      • En caso de traslado o repatriación de fallecidos: los gastos de inhumación y ceremonia.
  • Las Garantías contratables tienen todas un Límite Máximo de Indemnización.
  • Los gastos de Sepelio para menores de 14 años o mayores de 70 años tienen un limite de 3.000 euros.
  • Si el contratante del seguro trasladara su residencia fuera del territorio español, las coberturas quedarían extinguidas.
  • Límite de honorarios de letrado/procurador de Libre elección 3.000 euros.
  • En caso de Daños y/o Robo de la bicicleta, el Asegurado tomara a su cargo los siguientes importes:
    • 1er año 20% del importe del siniestro, mínimo 100 €.
    • 2º año sucesivos 10% del importe del siniestro, mínimo 100 €.
      En caso de Hurto de la bicicleta, máxima indemnización: 150 €.
  • Para daños ocurridos fuera del territorio de a Unión Europea, el límite de indemnización no se entenderá liberado de cualquier deducción por gastos judiciales o extrajudiciales, por o que los gastos de defensa sumados a la
    indemnización, no podrán exceder del Límite de Indemnización asegurado.
  • Devolver firmado el contrato de seguro a AXA Seguros y abonar el precio del mismo.
  • Para la aceptación del riesgo y la emisión del contrato de seguro está obligado a declarar con exactitud la información solicitada para evaluar el riesgo.
  • Durante la vigencia del contrato de seguro nos debe informar por escrito de cualquier modificación de la información que le hemos solicitado al contratar el seguro, así como la existencia de otros seguros que garanticen alguna de las
    prestaciones de ésta póliza.
  • En caso de incidente:
    • Debe comunicárnoslo a la mayor brevedad, dentro del plazo máximo de siete días, facilitando toda clase de información sobre las circunstancias y consecuencias. 
    • Debe emplear todos los medios a su alcance para aminorar los resultados del siniestro.

El contratante está obligado al pago del precio del seguro en el momento de la contratación.

Los pagos de sucesivas anualidades deberán hacerse efectivas en los vencimientos correspondientes, pudiendo pactarse su pago a plazos, mediante domiciliación bancaria.

La entrada en vigor del contrato comenzará y finalizará, salvo prórroga, en la fecha y hora indicadas en las condiciones particulares, siempre y cuando haya sido abonado el primer recibo.

El contratante puede oponerse a la prórroga del contrato mediante notificación por escrito a la aseguradora con preaviso mínimo de un mes a la fecha de conclusión del periodo en curso.

Más preguntas

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